§ 711. Definiciones

PR Laws tit. 10, § 711 (2018) (N/A)
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(a) Hotel.— Significará cualquier sitio de albergue operado con fines de lucro, que ofrezca protección a personas y bienes, e incluirá cualquier edificio o grupo de edificios bajo una administración común donde el público en general es admitido, donde todo el que se comporta correctamente, y queda y esté dispuesto a pagar por su hospedaje, es recibido si hay sitio para él, y donde se le suministre alojamiento y comidas, y tal hospedaje, servicio y otras atenciones que el establecimiento puede ofrecer, según la tarifa establecida por el hotel. El término incluirá cualquier establecimiento que tenga quince (15) o más dormitorios, incluyendo hoteles, hoteles de apartamentos, posadas, cabañas para huéspedes, pensiones, casas de huéspedes, paradores, villas turísticas, condohoteles, condominios para alquiler a corto plazo, moteles y cualquier otro establecimiento, por cualquier nombre conocido o anunciado, que ofrezca alojamiento y comidas al público. Se entiende por motel aquel establecimiento dedicado a hospedería que se caracteriza por poseer una marquesina individual por habitación, tarifa fraccionada de acuerdo al número de horas seleccionada por el huésped, servicio a la habitación veinticuatro horas y por su localización, fuera de las zonas urbanas de las ciudades, fácilmente accesible a los automovilistas en ruta. El hecho de que se ofrezcan comidas en un restaurante o café operado en el predio del hotel por una persona que no sea el hostelero, no impedirá que dicho establecimiento sea clasificado como un hotel.

(b) Hostelero.— Significará cualquier persona, firma, corporación, u otro tipo de organización comercial, dedicada por lucro a la administración de un hotel y de acuerdo como se usa este término en este capítulo, incluirá a los funcionarios, agentes y empleados de tal persona, firma, corporación, u otro tipo de organización comercial, a menos que lo aquí contenido requiera otra interpretación.

(c) Objetos de valor.— Significará, sin que se entienda como una limitación, billetes de banco, bonos, piedras preciosas, joyería, adornos, relojes, valores, pasajes de transportación, cámaras fotográficas o de videos, computadoras, artefactos electrónicos y/o de comunicación, cheques, giros y otros documentos negociables, documentos comerciales, documentos, otros papeles, y otros artículos de valor y de pequeño tamaño, adecuados para depositarse en una caja de seguridad, que por su naturaleza no se pueden reemplazar, o que sólo se pueden reemplazar a costo considerable.

(d) Huésped.— Incluirá no solamente aquellos individuos que se han registrado en un hotel y a quienes se les han asignado habitaciones, sino también incluirá, para los fines de este capítulo:

(1) Inquilinos (independientemente de la forma de contrato de arrendamiento, si lo hubiese).

(2) Cualquier persona que entre en el predio de un hotel con la intención de ser un huésped, habiéndose o no convertido en dicho huésped.

(e) Estacionamiento gratuito.— Significará un área de servicio provista por el hostelero para el estacionamiento de vehículos de motor de los huéspedes y otras personas y por lo cual no se cobra un cargo especial. No se considerará que constituye pago por el uso de las facilidades de estacionamiento, el patrocinio del negocio del hotel por sus huéspedes y otras personas, y el servicio que presten regularmente los empleados del hotel en relación con el negocio del mismo.

(f) Visitantes.— Todas las personas que se encuentran en el predio de un hotel con el propósito de disfrutar de sus facilidades, tales como restaurantes, piscinas, barras, tiendas y otros establecimientos que no tengan la intención de convertirse en huésped del hotel y que no hayan sido invitados por algún huésped.