§ 233. Café producido y elaborado fuera de Puerto Rico

PR Laws tit. 10, § 233 (2018) (N/A)
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Queda prohibido mercadear en Puerto Rico café de cualquier procedencia, producido y elaborado fuera de Puerto Rico, si no se expresa, en el rótulo de su envase, que tal café es extranjero especificándose el lugar donde fue producido y elaborado, inmediatamente después del nombre y la dirección, en letras de no menos de un cuarto (¼) de pulgada de alto, de la persona que elaboró dicho café, en cualquier forma.