Cualquier productor, manufacturero o comerciante que haga uso de la estampa o sello de garantía de la Asociación de Puerto Rico, después de haber sido cancelado su permiso por la Asociación de Puerto Rico, o antes de que la Asociación de Puerto Rico le haya extendido un permiso para utilizar dicha estampa o sello de garantía, estará sujeto a una multa que no sea menor de quinientos (500) dólares ni mayor de cinco mil (5,000) dólares.