§ 210. Protección de los productos de Puerto Rico—Registro de permisos extendidos por la Asociación

PR Laws tit. 10, § 210 (2018) (N/A)
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Todos los permisos extendidos por la Asociación de Puerto Rico para usar la referida estampa o sello de garantía deberán ser registrados en la Oficina de la Asociación de Puerto Rico y en el Departamento de Estado, y la Asociación de Puerto Rico tendrá la facultad de cancelar cualquiera de dichos permisos en el caso de que se utilice infringiendo alguna de las condiciones que prescribiere la Asociación de Puerto Rico, o cuando se haga otro uso impropio de dicha estampa, y tales cancelaciones serán asimismo registradas en la Oficina de la Asociación de Puerto Rico y en el Departamento de Estado.