§ 72. Cómputo del tiempo; último día, feriado

PR Laws tit. 1, § 72 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

El tiempo en que cualquier acto prescrito por la ley debe cumplirse, se computará excluyendo el primer día e incluyendo el último, a menos que éste sea día de fiesta, en cuyo caso será también excluido.