(a) Se reconoce en Puerto Rico, el mes de enero, como el “Mes de la Prevención de Cáncer Cervical”, y el 27 de enero quedará oficializado como el “Día Símbolo de Prevención de Cáncer Cervical”, con el propósito de promover la sensibilización, educación, prevención y vacunación de esta enfermedad; y para otros fines relacionados.
(b) El Gobierno de Puerto Rico tendrá la responsabilidad de la organización y patrocinio de las actividades propias del “Día Símbolo de Prevención de Cáncer Cervical”.
(c) Cada año el Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama a estos efectos y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a unirse a la celebración de dicho día y a organizar actividades a tenor con el propósito de la misma.
(d) Durante este día, el Departamento de Salud, así como los demás organismos y las entidades públicas de Puerto Rico, en conjunto con las alianzas y asociaciones de Prevención de Cáncer Cervical y el Virus del Papiloma Humano (VPH) desarrollarán una campaña orientada a estos efectos.