§ 5282. Día de Concienciación sobre la Espina Bífida e Hidrocefalia en Puerto Rico

PR Laws tit. 1, § 5282 (2018) (N/A)
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(a) Se declara el día 25 de octubre de cada año, como el “Día de Concienciación sobre la Espina Bífida e Hidrocefalia en Puerto Rico”.

(b) El Gobernador(a) del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante proclama al efecto, exhortará al Pueblo de Puerto Rico a la conmemoración del “Día de Concienciación sobre la Espina Bífida e Hidrocefalia en Puerto Rico”, a los fines de crear conciencia y entendimiento sobre la existencia de dicha condición médica, dar a conocer en profundidad las causas, alcances y efectos de ésta. Copia de la proclama anual aquí dispuesta, será distribuida a los medios noticiosos del País para su divulgación.

(c) El Departamento de Salud, en coordinación con la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico, así como aquellos organismos y las entidades públicas e instituciones y los municipios de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta sección mediante la organización y celebración de actividades para la conmemoración y promoción del “Día de Concienciación sobre la Espina Bífida e Hidrocefalia en Puerto Rico”.