§ 5281. La Semana de Concientización y Prevención contra el Virus del Papiloma Humano

PR Laws tit. 1, § 5281 (2018) (N/A)
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(a) Se declara la primera semana de agosto de cada año como “La Semana de Concientización y Prevención contra el Virus del Papiloma Humano”.

(b) El Secretario de Salud, en coordinación con el Secretario de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, emitirá, con al menos diez (10) días de anticipación a la primera semana de agosto de cada año, una proclama de conciencia al pueblo puertorriqueño sobre la existencia de dicha condición médica con el propósito de educar sobre la misma.

(c) El Departamento de Salud, en coordinación con el Secretario de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, así como los organismos, las entidades públicas y los municipios de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta sección. Esto, mediante la organización y celebración de actividades para la conmemoración y promoción de la declaración de la primera semana de agosto como la semana de concientización y prevención contra el Virus del Papiloma Humano. Además, se dará a conocer la importancia de crear una mayor conciencia de la condición del Virus del Papiloma Humano (VPH) por los médicos, demás profesionales de la salud, y el público en general. También se promoverá la participación de la ciudadanía y de las entidades privadas en las actividades establecidas para adelantar la causa, durante dicha semana, de concientizar sobre el virus del Papiloma Humano y prevenirlo.

(d) Copia de la Proclama Anual será distribuida a los medios de comunicación para su divulgación.