§ 5280. Mes de la Prevención y Alerta de la Violencia en el Noviazgo

PR Laws tit. 1, § 5280 (2018) (N/A)
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(a) Se declara, el mes de febrero de cada año, “Mes de la Prevención y Alerta de la Violencia en el Noviazgo”, como un paso adicional para la prevención de la violencia de género en Puerto Rico.

(b) Durante todo el mes de febrero de cada año se realizará propaganda educativa en las escuelas y universidades para concientizar y educar a nuestros(as) jóvenes y adolescentes sobre la violencia en el noviazgo. Las iniciativas pueden surgir tanto del sector privado, público, y de las organizaciones sin fines de lucro.

(c) La Oficina de la Procuradora de la Mujer, el Departamento de Educación y la Oficina de Asuntos de la Juventud, en adelante las agencias, serán las instrumentalidades del Gobierno encargadas de educar y concientizar a los(as) jóvenes y adolescentes en las escuelas y/o universidades sobre este tema. Las agencias llevarán a cabo diferentes tipos de actividades que entiendan pertinente y acorde para los(as) jóvenes durante todo el mes de febrero en aras de concientizar y educarlos(as) sobre el tema.