(a) Se dispone para que en Puerto Rico se conmemore el 15 de febrero de cada año como el “Día Internacional del Cáncer Infantil”, a los fines de concientizar a la población del padecimiento de estos niños.
(b) Se ordena al Departamento de Salud de Puerto Rico coordinar con las instituciones públicas, municipales, y la sociedad en general, el diseño, la promoción y el desarrollo integral de la difusión del significado de esta conmemoración.