(a) Se designa el día 30 de marzo de cada año como “Día del Veterano de Vietnam”, en Puerto Rico, para honrar a todos los veteranos participantes de esta Guerra.
(b) Se declara el día 30 de marzo de cada año como “Día del Veterano de Vietnam”, en Puerto Rico. El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama y por lo menos diez (10) días de antelación al 30 de marzo de cada año, recordará al pueblo puertorriqueño la importancia de las actividades propias que se deban llevar a cabo con motivo de la proclama.
(c) Durante este día, el Procurador del Veterano y aquellas distintas entidades e instrumentalidades del Gobierno, desarrollarán una campaña orientada hacia estos efectos.