§ 5244. Día de la Gimnasia o Gym Day

PR Laws tit. 1, § 5244 (2018) (N/A)
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(a) Se declara el segundo viernes de octubre de cada año como el “Día de la Gimnasia” o “Gym Day”, con el propósito de incentivar el desarrollo y la práctica de la gimnasia en Puerto Rico, como medio de fomentar el cuidado y la salud de todos.

(b) El Gobernador, mediante proclama, al igual que el Departamento de Recreación y Deportes, exhortarán al pueblo puertorriqueño a participar en el “Día de la Gimnasia” para que se informen sobre los beneficios de practicar la gimnasia y las maneras en que la gimnasia puede mejorar su condición física y por tanto su salud, como parte de la política pública del Gobierno de Puerto Rico de promover la salud preventiva.

(c) Se autoriza a la Federación Puertorriqueña de Gimnasia a organizar y coordinar actividades relacionadas con lo establecido por esta sección con cualesquiera entidades o grupos, tales como escuelas, universidades, centros deportivos, entre otros.