§ 5233. Día Mundial de los Huérfanos del SIDA

PR Laws tit. 1, § 5233 (2018) (N/A)
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(a) Se establece la observancia del día 7 de mayo de cada año como “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.

(b) El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama, exhortará al pueblo de Puerto Rico a observar el 7 de mayo de cada año, como el “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA”.

(c) El Departamento de la Familia adoptará las medidas necesarias para difundir e implantar una campaña de concienciación sobre los retos humanitarios, sociales, económicos y de seguridad que envuelven a los niños huérfanos del SIDA.