§ 5223. Semana de la Aviación

PR Laws tit. 1, § 5223 (2018) (N/A)
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(a) Se declara la primera semana del mes de octubre de cada año como la “Semana de la Aviación”.

(b) Se crea el “Premio Dionisio Trigo de Orbeta”, el cual se entregará al aviador más sobresaliente del año el miércoles de la “Semana de Aviación”.

(c) Se encomienda a la Autoridad de los Puertos la selección del aviador más sobresaliente del año, y será la agencia encargada de coordinar las actividades relacionadas con la “Semana de la Aviación”. Se dispone además, que la Autoridad de los Puertos preparará un reglamento que establezca parámetros para evaluación y selección de candidatos al Premio.

(d) Con no menos de diez (10) días de antelación al inicio de esta semana, cada año, el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico expedirá una proclama en llamamiento al pueblo puertorriqueño para que se una a la celebración dispuesta en esta sección.

(e) Copia de la proclama anual y el nombre del recipiente del “Premio Dionisio Trigo de Orbeta”, serán distribuidas a los medios de comunicación masiva de la Isla para su divulgación y/o publicación.

(f) Todas las funciones relacionadas con este “Premio Dionisio Trigo de Orbeta”, estarán adscrito a la Comisión Conjunta de Otorgamiento de Medallas y Premios de la Asamblea Legislativa.