(a) Se declara el día 16 de abril de cada año como el “Día para Garantizar Igual Paga” en Puerto Rico.
(b) El Gobernador mediante proclama, exhortará anualmente a todo el pueblo de Puerto Rico, a promover en esa fecha la igual paga por igual trabajo.
(c) Se ordena al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres a que, conjuntamente, difundan el significado de dicho día mediante la celebración de actividades especiales que promuevan la igual paga por igual trabajo en Puerto Rico.