(a) Se declara el día 19 de mayo de cada año como el “Día Nacional para Realizarse la Prueba de la Hepatitis C” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(b) El(la) Gobernador(a) mediante proclama, exhortará anualmente a todo el pueblo de Puerto Rico, a realizarse la prueba de la Hepatitis C.
(c) Se ordena al Departamento de Salud difundir información sobre el significado de dicho día mediante la celebración de actividades especiales donde se oriente y realicen pruebas de sangre a los ciudadanos.
(d) Será responsabilidad del Secretario de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico remitir copia de esta ley al representante en Puerto Rico de la Organización Panamericana de la Salud.