§ 5126. Día del Coleccionista

PR Laws tit. 1, § 5126 (2018) (N/A)
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(a) Se dispone que el último viernes del mes de mayo de cada año sea designado como el “DIA DEL COLECCIONISTA”.

(b) El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama al efecto, exhortará al Pueblo de Puerto Rico a celebrar este día.