§ 5118. Día del Camionero—Declaración

PR Laws tit. 1, § 5118 (2018) (N/A)
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(a) Se designa el viernes de la “Semana de la Transportación”, que es la segunda semana del mes de julio de cada año, como “Día del Camionero”.

(b) El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, en el ejercicio de las facultades que le concede la sec. 5067 de este título, deberá realizar las gestiones que estime necesarias y convenientes para el cumplimiento de los propósitos de esta sección, reconociendo la labor de los camioneros.