§ 5114. Fiesta Nacional del Cuatro Puertorriqueño

PR Laws tit. 1, § 5114 (2018) (N/A)
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(a) [Se declara] el último fin de semana del mes de agosto de cada año como los días oficiales de la celebración de la “Fiesta Nacional del Cuatro Puertorriqueño” en el pueblo de Orocovis.

(b) El Gobernador de Puerto Rico deberá, mediante proclama, exhortar al Municipio de Orocovis a conmemorar el último fin de semana del mes de agosto cada año como los días oficiales de la celebración “Fiesta Nacional del Cuatro Puertorriqueño”.

(c) El Instituto de Cultura Puertorriqueña y el Municipio de Orocovis adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta sección.