(a) Se declara y dispone la conmemoración, el 7 de septiembre de cada año, en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de la obra artística musical del compositor Roberto Cole.
(b) El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá la proclama alusiva a tal fecha y exhortará a la participación de las entidades públicas, municipales y privadas, así como del pueblo de Puerto Rico, en la coordinación de esfuerzos y actividades para la conmemoración dispuesta en esta sección.