§ 5101. Día de Myrta Silva

PR Laws tit. 1, § 5101 (2018) (N/A)
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(a) Se declara la conmemoración y dispone la celebración, el 11 de septiembre de cada año, en el Estado Libre Asociado Puerto Rico, del natalicio y de la obra artística musical de la compositora Myrta Silva, en justo tributo por el legado musical que ha ofrendado al pueblo de Puerto Rico y a Latinoamérica.

(b) El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá la proclama alusiva a tal fecha y exhortará a la participación de las entidades públicas, municipales y privadas, así como del pueblo de Puerto Rico, en la coordinación de esfuerzos y actividades para la conmemoración dispuesta en esta sección.