§ 5090. Día del Joven Donante de Sangre

PR Laws tit. 1, § 5090 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(a) Se declara el último viernes del mes de junio de cada año como “El Día del Joven Donante de Sangre”.

(b) El “Día del Joven Donante de Sangre” será dedicado, en la celebración de los actos oficiales, a todos los jóvenes entre las edades de dieciocho (18) a veintinueve (29) años que donen sangre.

(c) El Gobernador, anualmente mediante proclama, expresará público reconocimiento en su día a todos los jóvenes donantes de sangre y exhortará a recabar la cooperación de los diversos departamentos, agencias e instrumentalidades del gobierno para la celebración de dicho día conmemorativo.