§ 5069. Semana Gastronómica

PR Laws tit. 1, § 5069 (2018) (N/A)
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(a) Se declara la primera semana del mes de junio de cada año como la “Semana Gastronómica”.

(b) El lunes de la Semana Gastronómica será dedicado a la celebración de los actos oficiales dirigidos al reconocimiento de los bartenders.

(c) El viernes de la Semana Gastronómica será dedicado a la celebración de los actos oficiales dirigidos al reconocimiento de los chefs y profesionales de cocina.

(d) El Gobernador, mediante proclama, expresará público reconocimiento en su semana a todos los restaurantes y, en su día, a los jefes y profesionales de cocina por su aportación al arte culinario y a los bartenders por su contribución a la confección de nuevas bebidas.