(a) Se declara la primera semana del mes de junio de cada año como la “Semana Gastronómica”.
(b) El lunes de la Semana Gastronómica será dedicado a la celebración de los actos oficiales dirigidos al reconocimiento de los bartenders.
(c) El viernes de la Semana Gastronómica será dedicado a la celebración de los actos oficiales dirigidos al reconocimiento de los chefs y profesionales de cocina.
(d) El Gobernador, mediante proclama, expresará público reconocimiento en su semana a todos los restaurantes y, en su día, a los jefes y profesionales de cocina por su aportación al arte culinario y a los bartenders por su contribución a la confección de nuevas bebidas.