§ 5060. Semana de las Organizaciones Juveniles

PR Laws tit. 1, § 5060 (2018) (N/A)
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(a) Se declara la semana que termina el cuarto domingo del mes de junio de cada año “Semana de las Organizaciones Juveniles de Puerto Rico”.

(b) El Gobernador, mediante proclama, exhortará anualmente a todo el pueblo a rendir en esa semana homenaje de admiración a todas las organizaciones juveniles de Puerto Rico y la Oficina de Asuntos de la Juventud adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a dichos propósitos, mediante la organización y celebración de los actos adecuados a tales fines.