§ 5004c. Día de la Tierra—Proclama

PR Laws tit. 1, § 5004c (2018) (N/A)
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El Gobernador de Puerto Rico, por lo menos con diez días de antelación, publicará en los periódicos de mayor circulación del Estado Libre Asociado una proclama recordatoria de la celebración del día a que la sec. 5004 de este título se refiere, con las recomendaciones que crea convenientes.