§ 5002. Campaña educativa pro turismo

PR Laws tit. 1, § 5002 (2018) (N/A)
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Por la presente se encarga a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, a iniciar una campaña educativa hacia la continuación de la observancia de un trato justo, ecuánime y cortés hacia los turistas y extranjeros visitantes en Puerto Rico. Todos los Jefes de Departamentos y Negociados del Gobierno de Puerto Rico deberán cooperar en todas las actividades iniciadas o recomendadas por el Director de Turismo de Puerto Rico y especialmente, en lo que respecta a la enseñanza, persuasión, celo y vigilancia en cuanto a que los turistas y extranjeros que visitan nuestro país en viaje de recreo o descanso reciban un trato justo, ecuánime, respetuoso, afable, cortés y de espontánea simpatía por parte de empleados públicos, dueños y empleados de hoteles y de empresas de transporte, [chóferes] y conductores de vehículos públicos, dueños y empleados de establecimientos comerciales, vendedores ambulantes, portadores, agentes de tráfico, y público en general; Disponiéndose, que la Compañía de Turismo en coordinación con el Departamento de Educación establecerá un programa, el cual estimulará a los alumnos a observar una conducta a tono con los fines de las secs. 5002 a 5002b.