§ 5001. Día de la Biblia

PR Laws tit. 1, § 5001 (2018) (N/A)
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(a) Se declara el día primero de septiembre de cada año como el “Día de la Biblia”.

(b) El Gobernador de Puerto Rico, mediante proclama al efecto que emitirá por lo menos con diez (10) días de anticipación al primero de septiembre de cada año, exhortará al pueblo puertorriqueño a organizar y auspiciar las actividades propias de esta celebración.