§ 576. Medallones Conmemorativos de la Celebración del Quinto Centenario

PR Laws tit. 1, § 576 (2018) (N/A)
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(a) Se autoriza al Senado de Puerto Rico a donar los Medallones Conmemorativos de la celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento de América y de Puerto Rico y cualquier otra propiedad que se encuentren bajo su custodia.

(b) Se designa a los siguientes museos, bibliotecas, centros culturales y las siguientes instituciones como los “Depositarios del Medallón Conmemorativo de la celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento de América y de Puerto Rico”:

(c) Los “Depositarios del Medallón Conmemorativo de la celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento de América y de Puerto Rico” podrán prestar los medallones para exhibiciones en museos, centros de enseñanza o centros culturales que ameriten dicho préstamo a juicio de los Depositarios. Los Depositarios adoptarán un reglamento para establecer el procedimiento adecuado.

(d) Los Depositarios no podrán ceder, vender o enajenar, donar o en ninguna otra forma disponer de los medallones, excepto según se dispone en el inciso (c) de esta sección. Cualquier transacción o negocio jurídico en violación a dicha condición será nulo y en consecuencia, no conferirá derecho legal de clase alguna.

(e) Los Depositarios prepararán anualmente una certificación del estado y lugar donde se encuentren los Medallones Conmemorativos de la celebración del Quinto Centenario del Descubrimiento de América y de Puerto Rico. Copia de esta certificación deberá ser entregada a la Asamblea Legislativa.