§ 532. Tarjetas de identidad

PR Laws tit. 1, § 532 (2018) (N/A)
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Se ordena al Departamento de Salud que organice el procedimiento para la expedición libre de costo de las tarjetas de identificación a personas mayores de sesenta (60) años que así lo soliciten. Estas tarjetas de identificación o cualquier otra prueba de edad expedida por el Gobierno que pueda identificar cumplidamente a la persona serán a su vez la autorización para disfrutar a mitad del precio regular de los espectáculos y actividades que se celebren en facilidades provistas por las agencias, departamentos, corporaciones públicas, dependencias, subdivisiones políticas o municipales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y los servicios de transportación pública que presten tales agencias o dependencias gubernamentales.