§ 521j. Normas de salud pública

PR Laws tit. 1, § 521j (2018) (N/A)
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Nada de lo dispuesto en este capítulo se entenderá que deroga, enmienda o modifica ninguna ley o reglamento de salud pública, ni que impida al Departamento de Salud llevar a cabo su misión de protegerla.

El cumplimiento con las leyes y reglamentos de salud pública, así como las órdenes del Departamento de Salud, constituirá una defensa en cualquier caso civil o criminal incoado al amparo de este capítulo.

El Departamento de Salud adoptará reglamentos que resulten necesarios para la implantación de este capítulo.