§ 476. Reglamento

PR Laws tit. 1, § 476 (2018) (N/A)
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(a) El Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico aprobará un reglamento para la implantación adecuada de las secs. 458 a 477 de este título. El reglamento deberá ser aprobado no más tarde del 31 de diciembre del año que antecede a las elecciones generales de Puerto Rico.