§ 255. Estudios e investigaciones

PR Laws tit. 1, § 255 (2018) (N/A)
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La Comisión de Alimentación y Nutrición podrá, mediante convenio al efecto, coordinar la ejecución de los estudios e investigaciones relacionados con la situación alimentaria y nutricional de Puerto Rico que estime necesarios y convenientes para lograr los propósitos de este capítulo. La Comisión podrá realizar esos estudios por sí o mediante convenio o acuerdo con cualquier otra agencia pública o entidad privada. Estos estudios e investigaciones serán de carácter público y la Comisión divulgará sus resultados para conocimiento general. Los informes de dichos estudios e investigaciones, así como todos los documentos que sirvan de fundamento o en cualquier forma relacionados con los mismos, estarán a la disposición de cualquier persona natural o jurídica. Sólo se excluirán aquellas declaraciones, información y documentos que estén protegidos por las leyes de patentes o por cualquier otra disposición legal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o del Gobierno de los Estados Unidos de América localmente aplicable.

La Comisión de Alimentación y Nutrición podrá cobrar por los costos de reproducción de investigaciones, estudios y análisis y por cualquier documento relacionado, según disponga mediante reglamento.

La Comisión podrá distribuir gratuitamente copia de los resultados de sus investigaciones, estudios e informes a organismos gubernamentales, instituciones de educación superior, escuelas y entidades públicas y privadas de educación, salud, o familia y recreativas, cuando a su juicio, sea conveniente o necesario para cumplir los propósitos de este capítulo.

La Comisión de Alimentación y Nutrición establecerá por reglamento las guías, condiciones y excepciones que han de regir la distribución y cobro de las publicaciones sobre las investigaciones, estudios y análisis que coordine.