§ 3. Reversión de la propiedad al Estado Libre Asociado

PR Laws tit. 1, § 3 (2018) (N/A)
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Siempre que el título a cualquiera propiedad caducare por falta de herederos o parientes próximos, vuelve éste por reversión al Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Toda propiedad dentro de los límites de Puerto Rico, no perteneciente a persona alguna, pertenece al Estado Libre Asociado de Puerto Rico.